miércoles, 23 de mayo de 2012

DIVORCIOS CONTRADICTORIOS: ABANDONO SI O NO?

DEFINICIONES EN TORNO AL ABANDONO VOLUNTARIO Y MALICIOSO COMO CAUSAL SUBJETIVA EN DIVORCIOS CONTRADICTORIOS. DEFINICIONES EN TORNO AL ABANDONO VOLUNTARIO Y MALICIOSO COMO CAUSAL SUBJETIVA EN DIVORCIOS CONTRADICTORIOS. ELLA Y EL SE CASAN AÑOS MÁS TARDE ELLA Y EL SE SEPARAN AÑOS MAS TARDE EL INICIA DIVORCIO POR SEPARACIÓN DE HECHO DE MAS DE TRES AÑOS. ELLA CONTRADEMANDA ACHACÁNDOLE ABANDONO VOLUNTARIO Y MALICIOSO. PRIMERA INSTANCIA DICTA SENTENCIA POR SEPARACIÓN DE HECHO ELLA APELA SEGUNDA INSTANCIA DICTA SENTENCIA POR ABANDONO EL APELA LA CORTE PROVINCIAL DICTA SENTENCIA POR CAUSAL OBJETIVA. SUS DEFINICIONES: "Alto Tribunal Mendocinol señaló que “el abandono voluntario y malicioso del hogar tiene un componente objetivo, constituido por la circunstancia de incumplirse el deber de cohabitación y que se traduce en el retiro físico o material de uno de los cónyuges del hogar”. Además, el abandono tiene “un elemento subjetivo”, pues debe ser voluntario “en el sentido de que no han existido circunstancias o motivos verdaderos que justifiquen la actitud del cónyuge que decide hacer cesar la cohabitación” y malicioso en cuanto el abandono “se hizo con la intención de eludir el deber de cohabitar y demás deberes y responsabilidades entre los cónyuges”, puntualizaron los magistrados provinciales. Acto seguido, la Suprema Corte local manifestó que la exposición policial “no constituye prueba del abandono”, pues “carece por sí sola de valor probatorio relevante, atento a realizarse sin contralor de parte y ser una declaración unilateral” que “requiere, por lo tanto, de otras pruebas que lo corroboren”. “Si el cónyuge que se quedó en el hogar omitió realizar gestiones tendientes a localizar al otro cónyuge o a convencerlo de que retorne al hogar, no puede reconvenir por abandono voluntario y malicioso, porque su conducta demuestra que aceptó tácitamente el alejamiento de su cónyuge”, precisó después el Alto Tribunal mendocino. Asimismo, el Máximo Tribunal local remarcó que “el actor se hizo cargo de los deberes esenciales de asistencia familiar, aún luego de haber consumado su separación, aspecto que impide la calificación de malicioso del abandono voluntario”. Por lo tanto, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza hizo lugar al recurso del actor y revocó la sentencia de cámara que había admitido el divorcio por abandono voluntario y malicioso. En consecuencia, confirmó la sentencia de grado que declaró la ruptura del vínculo matrimonial por la causal objetiva de separación de hecho sin voluntad de volver a unirse". Fuente del Fallo: Diario judicial.com Dju "F.A.F. c/M.M.E. s/divorcio vincular contencioso".- LAURA CHAPPE ABOGADA WWW.ABOGADALAURACHAPPE.COM.AR

miércoles, 7 de marzo de 2012

ABOGADA LAURA CHAPPE

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