lunes, 19 de julio de 2010

DISTRACTO LABORAL EN SERVICIO DOMÉSTICO. CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS

En el caso de una empleada doméstica que renunció a su trabajo, se le debe hacer la certificación de servicios y remuneraciones a través del servicio de A.F.I.P. Mi Certificación?
Si había relación de dependencia (por trabajar más de cuatro horas y más de cuatro días por semana), el dador de trabajo debe confeccionar el formulario PS2.61, caso contrario no corresponde.

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