sábado, 5 de febrero de 2011

BOLETÍN OFICIAL RESOLUCIÓN 52/2010

Recientemente se ha sancionado la Resolución S.L. y T. Nro. 52/2010, mediante la cual se instarua el Sistema de Registro y Verificación de Firmantes para la presentación y publicación de avisos y edictos en el Boletín Oficial de la Nación.

El instructivo detalla lo siguiente:

SISTEMA DE REGISTRO Y VERIFICACIÓN DE FIRMANTES
(Resolución S.L. y T. N° 52/2010)
Usted deberá concurrir personalmente a la Sede Central de la Dirección
Nacional del Registro Oficial – Suipacha 767, piso 1° C.A.B.A.–
Ahí presentará el Formulario de Registro, que puede obtenerlo en la
sede central o descargar el archivo del sitio web oficial –
www.boletinoficial.gob.ar/Firmantes
Deberá adjuntar original y fotocopia del Documento de Identidad y la
Credencial / Carnet Profesional.
Acompañar original de Constancia o Certificado de Matrícula vigente
expedido por la autoridad respectiva
Una vez aprobada toda la documentación presentada, usted quedará
registrado y se le entregará: el Usuario; la Contraseña; una Tarjeta de
Identificación. El registro tendrá vigencia anual.
A partir de ese momento, usted podrá gestionar la publicación de
avisos en cualquier Delegación del Boletín Oficial de la República
Argentina.
Para la publicación, solamente deberá ingresar su Usuario, Contraseña
y Tarjeta de Identificación. De esta manera, el sistema verificará en
forma automática sus datos.
El arancel por verificación de datos de registro es de $ 30.- conforme
Resolución S.L. y T. N° 52/2010.
profesionales que estén registrados como firmantes en el nuevo
sistema.
PRESENTACION POR AUTORIZADOS EVENTUALES:
Usted podrá delegar la presentación de avisos a través de
personas autorizadas
Deberá ingresar al link http://firmante.boletinoficial.gob.ar/ con su
usuario, contraseña y tarjeta de identificación.
Una vez ingresado, generará una Clave (PIN) emitida al portador
que podrá ser utilizada en una sola oportunidad por cada aviso
que usted firme.
La Clave (PIN) emitida no utilizada, tendrá vigencia hasta el
vencimiento del registro del firmante.

En mi experiencia y en ocasión de proceder a la verificación de datos, no me cobraron los $ 30 consignados en la resolución vigente.

Saludos cordiales

Laura Chappe

Abogada

www.abogadalaurachappe.com.ar

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