“Rosario, 3 de marzo (Télam).- La justicia de Rosario autorizó a un chico de 10 años a usar su apellido materno y eliminar el de su padre a raíz de la conducta abandónica del hombre, quien nunca le prestó asistencia, no cumplió con la cuota alimentaria y -además- posee antecedentes violentos, informó una fuente judicial.
El fallo del Tribunal Colegiado de Familia 5, que lleva la firma de los jueces Ricardo Dutto y Marcelo Molina, “es innovador y por sus características no tiene antecedentes en el país”, dijo a Télam la abogada Mirna Segré, patrocinante de la madre del menor en una causa que estuvo a cargo del juez Ricardo Dutto.
El fallo cita al niño como David K., que es la identidad que de aquí en más usará el chico, en vez de David P., que era el apellido de su padre biológico.
La letrada aclaró que la resolución del tribunal “no es exclusivamente porque el hombre maltrataba a su hijo, o era un golpeador, sino que son otros varios factores que la justicia tuvo en cuenta a la hora de dar su veredicto”, subrayó.
“Esto no se logró de un día para el otro, hay un largo derrotero para llegar a esta instancia”, explicó.
Segrés indicó que “cuando el nene tenía 2 años y medio, su papá se separó de su mamá, desapareció, hizo un total abandono de la criatura, no tenía ningún contacto, fue citado a juicio, nunca compareció, hasta que se le revocó la patria potestad”.
Además, mencionó que el hombre “tenía visitas asistidas en el tribunal por graves cuestiones de violencia doméstica, pero un día dijo que se iba de vacaciones y nunca más apareció”.
Cuando las asistentes sociales designadas por la justicia visitan al padre del niño, en su domicilio, “éste les manifiesta que en absoluto le interesa saber nada de su hijo”, señaló la abogada.
“En uno de los expedientes, además, resulta muy doloroso leer lo que este hombre dice respecto de su hijo. Es lamentable”, apuntó.
La letrada dijo también que si bien “es relevante el carácter violento del hombre”, el Tribunal de Familia valoró otras cuestiones.
Una de esas cuestiones, precisó, es la ausencia del padre durante “más de siete años en que el chico se cría exclusivamente con su mamá, con su familia materna e incluso por su propia voluntad él dice que se llama David K
y no David P…”.
Para tomar su decisión los magistrados del tribunal rosarino “han evaluado otros aspectos muy importantes, que tienen que ver con el crecimiento del menor, y realmente el fallo, judicialmente hablando, es muy prolijo”, valoró la profesional.
“En estas condiciones puntuales no conozco que existan antecedentes de un fallo así; puede haber similares, pero en este se hizo un trabajo ´pretoriano´, que es cuando el juez adecua las normas a las cuestiones planteadas”, explicó la abogada.
Y completó: “podría decirse que el fallo es innovador y pone en primera línea un tema que creo que es fundamental, que es el derecho a la identidad, que no se compadece únicamente con una cuestión biológica, sino cómo uno está visto en la sociedad y desde qué lugar”.
La abogada Segrés agregó que ahora “faltan hacer algunos trámites legales y administrativos, pero la madre de David ya está facultada para cambiarle el apellido.
Por otra parte, comentó que el cambio de apellido del menor no altera los lazos biológicos con su padre.
“El chico sigue teniendo derecho a la herencia, por ejemplo, y su padre a cumplir con la cuota alimentaria, que de hecho nunca cumplió”.
FUENTE: Télam.- 03/03/2011
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