En el día de la fecha, ha sido publicada en el Boletín Oficial, la Ley que refuerza el principio garantista, que rige en el Derecho Laboral, que indica que en caso de duda, ante la interpretación y/o aplicación de normas legales y/o convencionales, debe resolverse en el sentido que más favorezca al trabajador.
Por la importancia de su texto, transcribimos la norma a continuación.
"Modificación del artículo 9º de la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Sancionada: Noviembre, 26 de 2008. Promulgada de Hecho: Diciembre, 18 de 2008.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Modifícase el artículo 9º de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), Ley de Contrato de Trabajo, y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 9º — En caso de duda sobre la aplicación de normas legales o convencionales prevalecerá la más favorable al trabajador, considerándose la norma o conjuntos de normas que rija cada una de las instituciones del derecho del trabajo. Si la duda recayese en la interpretación o alcance de la ley, o en apreciación de la prueba en los casos concretos, los jueces o encargados de aplicarla se decidirán en el sentido más favorable al trabajador.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO. — REGISTRADA BAJO EL Nº 26.428 —JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada
Laura Chappe
Abogada
www.abogadalaurachappe.com.ar
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