jueves, 27 de noviembre de 2008

PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO DEL MINISTERIO DE TRABAJO DE LA NACIÓN

Ojalá te sea útil

Objetivos

Este programa tiene como objetivo generar oportunidades de inclusión social y laboral de los jóvenes, a través de acciones integradas, que les permitan construir el perfil profesional en el cual deseen desempeñarse, finalizar su escolaridad obligatoria, realizar experiencias de formación y prácticas calificantes en ambientes de trabajo, iniciar una actividad productiva de manera independiente o insertarse en un empleo.

Requisitos de los participantes

Podrán participar los jóvenes de DIECIOCHO (18) a VEINTICUATRO (24) años de edad, que tengan residencia permanente en el país, no hayan completado el nivel primario y/o secundario de escolaridad y se encuentren desempleados.
Los jóvenes que superen el límite máximo de edad durante su participación en el programa, podrán continuar realizando actividades hasta un plazo de VEINTICUATRO (24) meses contados desde el momento de su incorporación.

Incorporación de los jóvenes al Programa

Los jóvenes interesados en participar del Programa, deberán solicitar una entrevista en la Oficina de Empleo Municipal correspondiente a su domicilio de residencia.
En la Oficina de Empleo Municipal, deberán presentarse con su DNI (actualizado a los 16 años de edad), y la constancia de CUIL. Un orientador entrevistará a los jóvenes interesados para ampliar la información sobre el Programa y se completará o actualizará su historia laboral. Finalizado este registro, ambas partes firmarán un convenio de adhesión al Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo que se remitirá, para su validación, a las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral del MTEySS.

Las solicitudes que sean validadas antes del día DIEZ (10) de cada mes, permitirán a los jóvenes iniciar en forma inmediata el primer paso del Programa: los Talleres de Orientación e Inducción al Mundo del Trabajo. Cuando la validación sea posterior a dicha fecha, dichos talleres deberá iniciarse dentro de los primeros DIEZ (10) días corridos del mes siguiente.

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