martes, 25 de noviembre de 2008

TIPS BREVES. VACACIONES. CONSULTA Y RESPUESTA

A esta altura del año, suelen presentarse consultas en relación a las vacaciones.
Por ello, en este espacio, conestaremos una duda frecuente.

Un empleador va a otorgar vacaciones a partir del 22 de diciembre. Tratándose de “días corridos”, ¿el 25 de diciembre y el 1º de enero generan 2 días más de licencia?

Por la Ley de Contrato de Trabajo, los feriados que caen dentro de las vacaciones no generan derecho a más días de licencia, ni mayor remuneración. De cualquier forma hay que analizar el Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad a fin de verificar si contempla una condición más beneficiosa para el trabajador.

Laura Chappe
Abogada
www.abogadalaurachappe.com.ar

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